Respuesta: Recientemente el Tribunal Supremo, Sala Primera, de lo Civil, Sentencia 1455/2026 de 21 Sep. 2026, ha dictado Sentencia cuyo fallo es: La Prescripción de la acción ejercitada por el propietario, cuando la acción de desahucio por precario es ejercida por el propietario que hace valer su derecho a poseer la finca como una facultad que integra su derecho de propiedad frente a quien posee sin título, el plazo de prescripción es el propio de la acción real que corresponde al propietario, es decir, 30 años (art. 1963 CC).
