¿Puedo solicitar la Indemnización pactada en el contrato por el abandono del local en arrendamiento?

Respuesta:   Si. El Tribunal Supremo, en Sentencia 28 Marzo 2022, establece que el arrendatario desahuciado por impago de la renta también debe pagar la indemnización pactada por el abandono del local antes de la fecha fijada en el contrato.  La arrendadora de un edificio destinado a hotel, tras haber instado demanda de desahucio y reclamación de rentas y haber obtenido una sentencia estimatoria en la que se ejecutó el lanzamiento, reclama ahora la penalización pactada para el caso de abandono del local con anterioridad a la fecha fijada en el contrato.

En los arrendamientos de uso distinto al de vivienda (locales), la Ley de Arrendamientos Urbanos no regula un derecho automático de desistimiento para el inquilino, por lo que rige lo que las partes hayan firmado en el contrato. Los jueces suelen limitar la indemnización a los meses razonables que el propietario tarde en encontrar un nuevo arrendatario o a los perjuicios reales demostrados, evitando un enriquecimiento injusto para el dueño.