Respuesta: Un administrador de hecho en una sociedad es la persona que ejerce las funciones de gestión, dirección y representación de la empresa sin haber sido nombrado formalmente o con un nombramiento nulo, caducado o defectuoso, según el artículo 236.3 de la Ley de Sociedades de Capital (LSC). Para la Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona (s. 15ª) de 9 de enero de 2015, será administrador de hecho quien sin ostentar formalmente la condición de administrador de la sociedad, ejerza poderes de decisión de la sociedad y concretando en él los poderes de un administrador de derecho. Es la persona que, en realidad manda en la empresa, ejerciendo en los actos de administración, de obligación de la empresa, aunque formalmente sean realizadas por otra persona que figure como su administrador. Las responsabilidades del administrador de hecho podemos resumirlas en que, con el marco legal actual, están equiparadas a las del administrador de derecho. No figura inscrito en el Registro Mercantil ni cuenta con un título jurídico legal y vigente para el cargo.
