¿Es lo mismo interponer una tercería de dominio y de mejor derecho?

Respuesta: No.  La tercería de dominio es la acción o reclamación que formula en un proceso de ejecución un tercero ajeno al procedimiento, pero que es el dueño del bien que se embarga o decomiso en dicha ejecución, para oponerse al embargo o realización por ser el legítimo propietario del mismo. La de mejor derecho es la acción que se otorga al tercero acreedor del ejecutado para personarse en el procedimiento de ejecución y acreditar que tiene mejor derecho a cobrar que el ejecutante de dicho procedimiento de ejecución. La tercería de dominio busca levantar el embargo de un bien porque pertenece a una persona ajena a la deuda, mientras que la tercería de mejor derecho busca cobrar primero el dinero obtenido en la venta de ese bien por tener un crédito preferente al del demandante.