Respuesta: No, por el simple hecho de cumplir los 18 años no se extingue automáticamente, es necesario que el hijo haya adquirido independencia económica (salvo excepciones) y presentar la correspondiente demanda para que dicha extinción conste mediante Sentencia. Pasos para dejar de pagar: Mutuo acuerdo: Firmar un nuevo convenio entre los padres. Demanda judicial: Iniciar un proceso de modificación de medidas ante un juez si no hay acuerdo. El Tribunal Supremo ha declarado en una Sentencia que la percepción de ingresos por parte del hijo no es un requisito suficiente para extinguir la pensión alimenticia. Es necesario que los ingresos sean suficientes para garantizar la autonomía económica del hijo. En segundo lugar, la sentencia establece que la extinción de la pensión alimenticia debe producirse desde el momento en que se dicte la sentencia de modificación de medidas. Esto significa que los padres no pueden dejar de pagar la pensión alimenticia antes de que se dicte la sentencia, incluso si el hijo ya percibe ingresos.
