¿Se puede modificar la división de una herencia después de que el testador haya fallecido?

Respuesta: El testamento en sí mismo no se puede modificar una vez que el testador ha fallecido. Sin embargo, la división final y el reparto de los bienes sí se pueden cambiar si todos los herederos están de acuerdo en un nuevo reparto ante notario, siempre y cuando se respeten los límites legales de la legítima. Para ello se requiere: Unanimidad: La alteración de las cuotas o bienes asignados exige el consentimiento absoluto de todos los coherederos. Límites legales: No se pueden vulnerar los derechos de los herederos forzosos ni las normas sobre las legítimas fijadas por la ley. Efecto fiscal: Hacienda suele calcular e imponer el impuesto de sucesiones basándose en lo que dictaba el testamento original, aunque los bienes se distribuyan de otra forma en la práctica. Excepciones y prohibiciones. Contador-partidor: Si el difunto nombró en el testamento a una persona específica (contador-partidor) para hacer la división, esta voluntad debe respetarse inicialmente. Falta de acuerdo: Si un solo heredero se opone al cambio del reparto establecido, la partición debe hacerse estrictamente como indicó el testador o acudir a la vía judicial. Conclusion: Una vez que el testador ha fallecido, la división de la herencia que estableció en su testamento no puede cambiarse a menos que todos los herederos estén de acuerdo en hacerlo.