¿Puedo dejar parte de mi herencia a una entidad mercantil?

Respuesta: Si, las personas jurídicas pueden ser instituidas en testamento (art. 746). Según el referido precepto, pueden aceptar herencias dejadas a las personas jurídicas sus legítimos representantes. Por tanto puedes dejar parte de tu herencia a una empresa (como un legado), siempre y cuando respetes los límites legales establecidos. No puedes dejar todo tu patrimonio a una empresa si tienes herederos forzosos (hijos, descendientes o padres) [1.3]. En España, la ley reserva una parte de la herencia (la llamada legítima) obligatoriamente para ellos. Solo puedes destinar libremente a una empresa o entidad los bienes que correspondan a la parte de libre disposición de tu testamento (generalmente un tercio de tu patrimonio total, si tienes hijos). En el testamento debes identificar a la sociedad de forma clara e inequívoca (nombre fiscal completo y NIF) para evitar problemas de interpretación.