¿QUÉ DEUDAS SE PUEDEN RECLAMAR JUDICIALMENTE?

Respuesta:   La deuda se debe poder cuantificar: para poder reclamar una deuda por vía judicial tienes que tener en cuenta que sólo podrás cobrar el impago de una deuda económica que pueda cuantificarse. Es decir, aquella que sea exclusivamente dineraria. Debe existir un documento que legitime su reclamación judicial: además debe existir un documento que legitime su reclamación ante el órgano judicial y qué además el moroso esté obligado a su pago. Para demostrar la cuantía de la deuda sirve cualquier documento, independientemente de su formato, en el que se acredite la relación comercial entre el acreedor y el deudor. Estos documentos pueden ser facturas, albaranes de entrega, certificaciones, etc. Siempre que posean la firma del deudor con su sello, marca u otro tipo de señal física o electrónica. Por último es necesario que la deuda esté vencida. Esto quiere decir que, para poder reclamarla, debe haber transcurrido el plazo que estaba previsto para el pago por parte del deudor. Por otro lado, hay que tener en cuenta cuándo prescribe una deuda.