Respuesta: Las cargas ocultas son deudas o limitaciones legales no declaradas por el vendedor (embargos, derramas, hipotecas, servidumbres). Si aparecen tras firmar las arras penitenciales, alteran las condiciones del contrato. El comprador puede exigir al vendedor que las asuma o cancelar el acuerdo recuperando el dinero duplicado. La imposibilidad de formalizar la compraventa debido a problemas en la titularidad del inmueble (como cargas registrales ocultas) es un incumplimiento imputable al vendedor, lo que obliga a la devolución duplicada de las arras penitenciales. El desconocimiento de estas cargas por parte del vendedor no le exime de su responsabilidad, ya que es su deber asegurarse de la correcta situación jurídica del inmueble antes de ofrecerlo en venta. STS 14 de julio de 2009
