¿Es válida la cláusula de renuncia por el deudor hipotecario al derecho de notificación de la cesión del crédito hipotecario?

Repuesta:   Si. El  Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sentencia 581/2023, 20 Abr, declara que no necesaria la notificación al deudor, cuando se ha renunciado a ello, y que dicha clausula es válida y eficaz.