¿Tengo que pagar el “Seguro de Impago” que tiene suscrito mi arrendador con una Cía de Seguros?

Respuesta: No es legal. La Sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Parla (Madrid) n.º 188/2024, de 25 de septiembre, declara ilegal el pago del seguro de impago a cargo del arrendatario en un contrato de alquiler, declarando nula dicha clausula por abusiva.