Respuesta: Si, el Codigo Civil, establece que el matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos cuando los contrayentes sean del mismo o de diferente sexto. Sin estar casados, y sin testamento, el derecho a heredar es nulo”, y es que sin estar casados, “la única opción para dejar como heredero a la pareja que sobreviva, es que ambos otorguen testamento designando como heredero al otro miembro”. No obstante, si el fallecido tuviera herederos forzosos -hijos o padres-, “la pareja que sobreviva solo tendrá derecho al tercio de libre disposición”. En derecho común, si fallece uno de los cónyuges el que sobreviva tendrá derecho al usufructo del tercio de mejora.
