¿Se puede reclamar con carácter retroactivo la subida de la renta que no se haya notificado al inquilino?

Respuesta: No. Si el arrendador no ha actualizado la renta pese a que venía establecida la actualización en el contrato de arrendamiento, no puede reclamarle al inquilino con carácter retroactivo el pago de la diferencia de la renta que le hubiese correspondido percibir por dicha revisión. En este caso, lo único que puede hacer el arrendador es actualizar la renta y a partir de la notificación al arrendatario, cobrarla.