¿Qué es la legítima en una Herencia?

Respuesta: La legítima estricta» – es un tercio de la herencia- que ha de ir a parar a los llamados «herederos forzosos» (determinados por la Ley). Del llamado tercio de «mejora» se puede disponer de la forma que se considere oportuna, mejorando a alguno de los hijos o descendientes. Este tercio de la herencia está reservado por Ley a los herederos forzosos, es decir, a los hijos o descendientes, quienes heredarán, independientemente de su filiación a partes absolutamente iguales. En caso de no existir hijos o descendientes, el tercio de legítima se reservará para los padres o ascendientes del difunto. Asimismo, el cónyuge viudo también será considerado heredero forzoso, si bien participará de la legítima de la herencia en forma de usufructo. Tercio de mejora: este tercio es la parte de la herencia con la que el testador podrá mejorar a uno o varios de sus hijos o descendientes, a elección del testador. Esta parte de la herencia no podrá ser destinada a terceras personas.