¿Cando prescriben las deudas personales?.

Respuesta: Tras la modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, por la Ley 42/2015, de 5 de octubre, de Enjuiciamiento Civil, el plazo para cobrar una deuda por vía judicial se reduce considerablemente. Mientras que antes se podía reclamar una deuda judicialmente hasta 15 años, con la regulación de la nueva ley se reduce a 5 años el plazo para reclamar una deuda judicialmente que no tenga establecido un plazo de prescripción específico.