Respuesta: No. La muerte de la hija de los compradores no justifica la aplicación de la cláusula rebus sic stantibus a efectos de resolver el contrato de arras. Este hecho luctuoso debe entenderse comprendido dentro del riesgo asumido por los contratantes, es una circunstancia ajena al contrato y no reúne los requisitos de imprevisibilidad. No […]
Respuesta: El art. 394 establece que cada partícipe podrá servirse de las cosas comunes, siempre que disponga de ellas conforme a su destino y de manera que no perjudique el interés de la comunidad, ni impida a los copartícipes utilizarlas según su derecho. Por su parte, el art. 398 establece que para el mejor disfrute […]
Respuesta: La LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos) permite al arrendador aumentar la renta entre un 10 % y un 20 % cuando se produce un subarriendo o una cesión del contrato. Este incremento debe comunicarse por escrito y aplicarse desde el momento en que se formaliza la operación. No obstante, se estará a lo que […]
Respuesta: Si. El recargo no supone una modificación del título constitutivo dado que no modifica el coeficiente de participación ni el importe de las cuotas (para lo que se requeriría el acuerdo unánime). En consecuencia, no precisa ser aprobado por unanimidad de todos los propietarios, por lo que el acuerdo es válido.
Respuesta: Si. Se permite la inscripción de una finca aunque se haya producido la cesión del remate por un importe inferior al precio de adjudicación. Es posible la cesión del remate por un precio inferior al precio de adjudicación en subasta según la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN).
Respuesta: El comodato es un contrato de préstamo regulado por los artículos 1741 y siguientes del Código Civil. Se produce cuando el propietario, usufructuario o cualquier otra persona con derecho a poseer un inmueble, entrega a otra persona la vivienda estableciendo una duración determinada o un uso concreto sin pagar renta a cambio del uso. […]
Respuesta: Es la acción que se otorga al tercero acreedor del ejecutado para personarse en el procedimiento de ejecución y acreditar que tiene mejor derecho a cobrar que el ejecutante de dicho procedimiento de ejecución.
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