¿Puedo hacer una donación a mi hijo de un piso con facultad de disponer del mismo mientras viva?.

Respuesta:  Si.  El donante se puede reservar  la facultad de disponer de algunos de los bienes donados, o de alguna cantidad con cargo a ellos. Si el donante muriese sin haber hecho uso de este derecho, pertenecerán al donatario los bienes o la cantidad que se hubiese reservado.