Respuesta: Sí, se puede reclamar la adquisición de la propiedad por usucapión tanto en los bienes muebles como en los bienes inmuebles. Lo único que se requiere es cumplir con los requisitos establecidos por la ley. Para el caso, se requiere haber ejercido la posesión de manera pública, pacifica, continua y como propietario por 2 años si ha mediado justo título y buena fe y 4 años si no ha sido así.