Respuesta: Si la parte deudora-demandada decide no presentarse y no pagar, se pondrá fin al procedimiento mediante Decreto, donde se fijará la cantidad reclamable en el proceso de ejecución
Respuesta: Si la parte deudora-demandada decide no presentarse y no pagar, se pondrá fin al procedimiento mediante Decreto, donde se fijará la cantidad reclamable en el proceso de ejecución