¿Qué significa Enervar la acción de Desahucio?

Respuesta:  Es un derecho que tiene el inquilino de paralizar el procedimiento judicial abonando todo lo que debe en el momento del pago.  Este derecho se ostenta, salvo que se le haya remitido un requerimiento fehaciente con una antelación mínima de un mes a la interposición de la demanda o que ya hubiese paralizado un procedimiento anterior.