¿Quién puede ejercitar el derecho de retracto?

Respuesta:  Los coherederos, los arrendatarios de una finca urbana, los copropietarios de un bien, los propietarios de una finca colindante de la que va a ser vendida, los propietarios que sean colindantes de la finca a vender si se trata de una finca de explotación agraria de forma prioritaria y el arrendatario de la finca a vender si la explota como agricultor profesional.