¿Cuál es la duración mínima de un contrato de arrendamiento de local de negocio?.

Respuesta:  Para este tipo de contratos no existen plazos legales mínimos ni máximos. Si no se pacta expresamente, se entenderá celebrado por un año. El plazo convenido obliga a ambas partes a respetarlo y cumplirlo por lo que, en previsión de que los resultados de su actividad no sean los esperados, le convendrá pactar la posibilidad de rescindir el contrato, antes del plazo estipulado para su finalización. En este aspecto, es frecuente condicionarlo a la necesidad de un preaviso de determinado número de meses y/o ofrecer al arrendador una compensación si se ejercita la rescisión antes del plazo fijado. Si a la fecha de vencimiento del contrato ninguna de las partes le comunica a la otra, por escrito y con al menos un mes de antelación, su deseo de no renovarlo, el contrato se irá prorrogando anualmente hasta que alguna de ellas decida ponerlo fin.